Otra vez a votar. Se avecinan las PASO y las generales.
La presente nota tiene la intención de servir como soporte ante la necesidad de aclarar toda duda relacionada con dichas elecciones, así como también propiciar un simulacro de recuento de votos (a los efectos de reafirmar conceptos poco claros).
«En las próximas elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, los ciudadanos eligen, entre los precandidatos designados por las agrupaciones políticas, quiénes serán los que compitan en las elecciones generales. Los electores deberán emitir un solo voto por cada categoría de cargos a elegir, pudiendo optar por diferentes listas de la misma agrupación o elegir diferentes listas de distintas agrupaciones. Las elecciones primarias se realizarán en todo el país el 13 de agosto.»
«En las elecciones generales cada agrupación política participa postulando a quienes hayan resultado electos como candidatos en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, siempre que la agrupación política con una lista o con la sumatoria de las listas que presentara, hubiera alcanzado un piso mínimo equivalente al 1,5 % de los votos válidamente emitidos, para la categoría correspondiente en ese distrito. Las elecciones generales se realizarán en todo el país el 22 de octubre.»
CNE, Curso para fiscales (introducción)
Padrón de afiliados a partidos políticos
Si es que tuviste la «suerte» de figurar en dicho padrón sin que te hayas afiliado, puedes concurrir a la Secretaría Electoral del distrito de la afiliación (para CABA: Tucumán 1320, subsuelo) o en la Cámara Nacional Electoral para el resto del país (Leandro N. Alem 232, CABA).
La ventaja de poder concurrir a la Secretaría Electoral de tu distrito es que puedes saber a qué partido te han afiliado e iniciar acciones legales (han tenido que falsificar tu firma). En la CNE, en cambio, solo te aceptan la desafiliación.
Hay que concurrir provisto de copia (anverso y reverso) de DNI y llenar un formulario. La atención es de lunes a viernes de 8 a 15.30. En un par de días está resuelto el tema; solo que es probable que sigas figurando en dicho padrón, ya que la versión web no es actualizada a menudo. De ser así, llama a la CNE: 4370-2509.
Padrón de electores
Podrán votar todos los electores argentinos nativos o por opción desde los 16 años (cumplidos al 22 de octubre de 2017), y los naturalizados desde los 18 años; siempre que se encuentren inscriptos en el padrón electoral y que acrediten su identidad. También podrán votar los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva; y los argentinos residentes en el exterior que se hayan inscripto. Es obligatorio para electores entre 18 y 70 años.
Los extranjeros residentes deben cumplir ciertos requisitos para poder votar; tiempo de residencia y haberse empadronado previamente. No pueden elegir cargos nacionales; sí provinciales o municipales. En la provincia de Buenos Aires su voto es obligatorio.
Resumiendo: si uno figura en padrón, está habilitado para votar.
Notas relacionadas
- Justicia Nacional Electoral, Cronograma electoral
- El Cronista Comercial (2017, 2 de junio). El cronograma de elecciones 2017: qué elige cada provincia este año
- Infobae (2017, 30 de abril). Qué se vota en Argentina en 2017
- Capacitación Electoral. Materiales del curso en línea para fiscales de mesa:
Machetes para fiscales
Los siguientes modelos de planillas fueron probados en una escuela de la provincia de Buenos Aires en oportunidad del balotaje del 2015. Los conejillos de Indias fueron los fiscales de mesa de ambos partidos; su implementación fue exitosa.
El modelo 1 está pensado para marcar los números de orden de los electores que ya votaron. Cada tabla representa una página del padrón (en cada página hay 32 electores, dispuestos en 2 columnas). Es una síntesis de las 11 páginas en una.
El modelo 2 es una grilla de 10 por 36. Está pensada para marcar la cantidad de electores que ya votaron. De este modo se tiene un resultado al toque de los sufragantes.
Supongamos que ya han introducido su sobrecito en la urna los electores con números de orden 10, 80 y 233. En el modelo 1 se marcarían los números 10, 80 y 233; en el modelo 2, en cambio, el 1, el 2 y el 3. Se sabe quiénes (modelo 1) y cuántos (modelo 2) votaron.
1. Electores por n.° de orden, pdf, A4, 1 pág.
2. Cantidad de electores, pdf, A4, 1 pág.
Simulacro de recuento de votos
Mesa en provincia de Buenos Aires, partido de Almte. Brown.
Boleta con cuatro cuerpos para designar PRECANDIDATOS a: senadores nacionales, diputados nacionales, diputados provinciales y concejales.
Los partidos que intervienen son dos (uno de ellos con dos listas): Gatitos sonrientes (lista 1A y lista 1B) y Gatitos traviesos (lista 2).
Ya se cerró el comicio. El padrón de la mesa a escrutar tenía 15 electores. Votaron 12. Hay 12 sobres (jamás puede haber más de cinco [5] sobres de diferencia que la cantidad de personas inscriptas en el padrón: ello ocasionaría la impugnación de la mesa).
La autoridad de mesa y los fiscales deben llenar cada uno un certificado de escrutinio.
El encabezado del mismo queda de la siguiente manera:
Se procederá a llenarlo a medida que el presidente de mesa abra los sobres. Algunos aconsejan marcar "palitos" con lápiz (luego se borran).
Analicemos los votos…
Primer sobre ↕
Tercer sobre ↕
Cuarto sobre ↕
Quinto sobre ↕
Sexto sobre ↕
Séptimo sobre ↕
Octavo sobre ↕
Solución ↕
Noveno sobre ↕
Décimo sobre ↕
Undécimo sobre ↕
Duodécimo sobre ↕
Certificado de escrutinio ↕
Ahora, con el certificado de escrutinio completito, resta el intercambio de firmas (cada fiscal debe refrendar tantos certificados como fiscales haya, más el del presidente de mesa y el telegrama) y "autografiar" la urna una vez que haya sido sellada. Por último, si fiscalizaste, deberás entregar el certificado al Fiscal General.
¿Hemos coincidido con los resultados? ¿Ha quedado alguna duda? Por favor, espero vuestros comentarios al respecto. Gracias.
A continuación, a manera de ayuda, van un par de «tips» de la Fundéu (relativos a acrónimos y cargos).
Las PASO o las pasos, no las PASOS https://t.co/oeB8BpnmkC vía @Fundeu— Moni Alus (@MoniAlus) 11 de agosto de 2017
«alto comisionado», mayúsculas y minúsculas #recoFundéu https://t.co/NvqTGQcESO pic.twitter.com/JKUWFxe54e— Fundéu BBVA (@Fundeu) 9 de agosto de 2017
Justificación de la no emisión del voto
Por último, si no has podido emitir tu voto, tienes la posibilidad de justificarlo mediante el Registro de Infractores. Para ello realizas la consulta y, si tu caso lo amerita, haces clic en «Solicitar justificación»; tras lo cual subes el pdf de la constancia que acredite la causal de la infracción. (Se aconseja que el nombre de dicho archivo sea el número de documento). En tres días lo tienes resuelto.
(Actualización al 23 de octubre de 2017). Ahora también es factible extender una «Boleta de Pago de Multa».
Vale aclarar que la Cámara Nacional Electoral solo justifica la no emisión del voto en elecciones nacionales.
Deja tu opinión o consulta:
Puedes utilizar código $\mathrm{\LaTeX}$ para insertar fórmulas en los comentarios. Simplemente tendrás que encerrar el código entre signos $\boldsymbol{\$}$.